El Compliance Penal en el Ecuador

El sistema que todas las organizaciones ecuatorianas deberían adoptar.

Todos quienes diseñamos o implementamos servicios de Compliance Corporativo, constantemente tenemos que solventar las siguientes interrogantes: ¿En qué me beneficia un Programa de Cumplimiento Penal para mi empresa?; Nunca he tenido un problema ¿Para qué incurrir en este gasto?

Las respuestas a estas interrogantes son: Si la ley penal considera trascendente que la empresa cuente con un programa de cumplimiento de la empresa para disminuir la pena ¿Qué esperas para contar con Compliance Penal? Existen 76 delitos que pueden acarrear responsabilidad penal de la empresa, 133 delitos que pueden dañar su reputación, peligro de suspensión de las actividades e incluso la extinción, riesgos penales para la gerencia y su directiva, y peligro para su patrimonio. El verdadero costo es NO tener compliance.


Hace más de una década las compañías de seguros rompieron paradigmas, generando una cultura preventiva para el bienestar de la sociedad, forma parte del presupuesto de toda empresa y de gran parte de la población. Los programas de cumplimiento penal tendrán la misma trascendencia a medida que surjan nuevas formas de cometer actos de corrupción que pongan en riesgo a las empresas y sus mandos.


¿Cuáles son los beneficios específicos?

a) Disminuye potencialmente, en caso de un proceso penal, el que se dicten medidas cautelares dentro de la empresa, como es la suspensión de actividades; así mismo, se le impongan multas de hasta USD 400.000 (1000 Salarios Básicos).

b) En un proceso penal se considerará como atenuante de responsabilidad, si el programa está bien implementado con anterioridad al delito, y reúna los requisitos mínimos del Artículo 49 del COIP.

c) Entrando a la esfera financiera y económica, el Corporate Compliance genera valor financiero reputacional a las empresas.

d) Es la base fundamental para el buen gobierno corporativo.


¿Contratas con el Estado?

El Presidente Guillermo Lasso, mediante su Decreto Ejecutivo Nro. 4, ha dispuesto la promoción de contratación en el sector público y privado aquellas empresas que cuenten con políticas de buen gobierno corporativo y anticorrupción? Por este motivo, en un mercado globalizado y dinámico, las empresas y compañías, aplican políticas de debida diligencia, poco a poco el Compliance se convertirá en una herramienta necesaria para contratación; y, para garantizar la imagen reputacional de tu compañía.


¿Es obligatorio implementar compliance penal?

● Es una obligación del Directorio y Gerencia velar por el patrimonio y reputación de la empresa y sus trabajadores, blindándola legalmente.

● Es un deber del empresario aportar desde la actividad privada con el Estado en la lucha contra la corrupción en todas sus esferas



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